Primera comparecencia ante el tribunal de Canadá
El Tribunal sigue comprometido con el uso de la tecnología para servir mejor a los usuarios de los tribunales y mejorar el acceso a la justicia, incluido el uso de la tecnología a distancia (vídeo o teléfono) en los casos apropiados. En el futuro, los procedimientos penales de la OCJ se verán en persona, por tecnología remota (vídeo o teléfono) o una combinación de tecnología en persona y remota. El Tribunal iniciará consultas con sus socios en materia de justicia para determinar la mejor manera de aplicar esta visión a largo plazo. Mientras tanto, la Corte ha establecido directrices provisionales para los modos de comparecencia en los procedimientos penales, que entrarán en vigor el 4 de abril de 2022.
El cuadro que figura a continuación establece el modo de comparecencia que se aplicará en los procedimientos penales de la OCJ a partir del 4 de abril de 2022. El modo de comparecencia identificado a continuación está siempre sujeto a que un funcionario judicial disponga lo contrario. Esto permitirá a los RSJ y a los RSJP o a sus designados, tener en cuenta las circunstancias locales. También permitirá que el funcionario judicial que presida un procedimiento concreto se ocupe de las circunstancias específicas de ese procedimiento.
Qué es la primera comparecencia ante el tribunal
Por lo general, su comparecencia ante el tribunal será en la comunidad donde fue detenido. Si está en la cárcel, el personal se encargará de llevarle al tribunal para su primera comparecencia. Si no va a poder llegar al tribunal, debe tener una buena razón para no asistir, y asegurarse de que su abogado y el trabajador del tribunal lo sepan. Es su responsabilidad averiguar su próxima fecha de comparecencia y estar allí. Si no acude al tribunal, el juez puede hacer que le arresten de nuevo.
Antes de ir al tribunal, debe reunirse con su abogado. Esto es muy importante. Su abogado examinará las pruebas y le aconsejará sobre cómo han funcionado casos similares. Es una buena idea pensar seriamente en todo lo que dice tu abogado para que puedas tomar buenas decisiones.
Si usted y su abogado deciden que debe declararse culpable, el tribunal organizará una comparecencia para dictar sentencia para que el juez pueda sentenciarlo. En la sentencia, el juez decidirá si será liberado y las condiciones de su liberación.
Si se declara inocente, su caso tiene que ir a juicio y el fiscal tiene que probar el caso más allá de toda duda razonable. Su abogado fijará la fecha del juicio y el juez retrasará o aplazará su caso hasta entonces. Si fue liberado de la custodia policial, recuerde que sigue estando obligado a cumplir las condiciones de su liberación y puede ser detenido de nuevo si las incumple.
Primera comparecencia ante el tribunal después de la fianza
Si tiene que acudir al juzgado de lo penal en el área del Gran Toronto, vea nuestro vídeo Cómo prepararse para la primera comparecencia ante el tribunal para saber más sobre el proceso judicial y cómo prepararse para su comparecencia.
Si no tiene un abogado, es útil ver a un abogado de oficio después de haber recibido su declaración porque entonces este abogado puede ver cuál es el caso contra usted y hacerle saber cuáles son sus opciones.
Si desea los servicios de un abogado de oficio para su próxima comparecencia, póngase en contacto con LAO en el 1-800-668-8258. Díganos si necesita un intérprete. Nos encargaremos de conseguir un intérprete gratuito, aparte del intérprete del tribunal, para este fin.
Qué ocurre en su segunda comparecencia ante el tribunal
(A) Una persona que realiza un arresto dentro de los Estados Unidos debe llevar al acusado sin demora innecesaria ante un juez de primera instancia, o ante un funcionario judicial estatal o local, tal como lo establece la Regla 5(c), a menos que un estatuto disponga lo contrario.
(b) Arresto sin orden judicial. Si se detiene a un acusado sin una orden judicial, se debe presentar sin demora una denuncia que cumpla con el requisito de causa probable de la Regla 4(a) en el distrito en el que supuestamente se cometió el delito.
(2) Arresto en un distrito distinto al de la presunta comisión del delito. Si el acusado fue arrestado en un distrito distinto del lugar donde supuestamente se cometió el delito, la comparecencia inicial debe ser:
(3) Procedimientos en un distrito distinto al de la presunta comisión del delito. Si la comparecencia inicial tiene lugar en un distrito distinto del lugar en el que supuestamente se cometió el delito, se aplicarán los siguientes procedimientos:
(B) si el acusado fue arrestado sin orden judicial, el tribunal de distrito donde el delito fue supuestamente cometido debe emitir primero una orden judicial antes de que el juez magistrado transfiera al acusado a ese distrito;